IU MÉRIDA


Izquierda Unida-Mérida ha solicitado a la delegada de personal que acredite que los aspirantes seleccionados en el última convocatoria del Plan de Empleo Social cumplen los requisito de titulación exigidas en la convocatoria.

Las bases de la última convocatoria establecía como requisito para el acceso a algunos puestos como el de conserje-mantenimiento-sepulturero disponer de un certificado de profesionalidad que permitiera acreditar las competencias profesionales para el desarrollo de este puesto.

Algunos de los aspirantes que se han presentado al proceso de selección para acceder a este puesto señalan que ninguno de los seleccionados cumple semejantes requisito, por lo que el proceso de selección sería nulo, al margen de las responsabilidades que pudieran deducirse por la comisión de una conducta en la que incluso ser podría incurrir en responsabilidades más allá de las meramente administrativas, ya que su resultado es que se le concedido un puesto de trabajo en una administración mediante criterios que suponen un incumplimiento consciente y voluntario.

Según las norma que regulan las bases de la convocatoria, el acceso a los puestos de oficial de albañilería, oficial de carpintería, oficial de fontanería y conserje sepulturero mantenedor, implican -según cada caso- disponer del correspondiente certificado de profesionalidad en cada una de las respectivas competencias profesionales.

Los testimonios de los interesados, junto con las escasísimas posibilidades de que se haya llevado a efecto en nuestra región los procedimientos necesarios para la obtención de este tipo de certificados de profesionalidad establecen una duda razonable sobre la capacidad de alguno de los aspirantes para haber obtenido los certificados profesionales exigidos en la convocatoria.

De ser así, nos hallaríamos en una situación en la que, tanto los miembros del tribunal, como la delegada de personal habrían incurrido posiblemente en actuaciones que cuyas responsabilidades podrían haber excedido el ámbito meramente administrativa, al permitir conscientemente el acceso a un empleo público a personas que carecen de los requisitos necesarios para disfrutar de este derecho.

Por todo ello, instamos a la delegada de personal a que solvente de forma inmediata todas las dudas relativas a las circunstancias que hemos señalado, bien entendido que en caso contrario el conjunto de las responsabilidades recaerá sobre su persona.

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