Ayer se abrió el plazo de solicitud de plazas para el primer ciclo de Educación Infantil (0 a 2 años) en las Escuelas Infantiles dependientes de la Consejería de Educación y también para las dos aulas de 2 años que hay en los colegios PABLO NERUDA Y MAXIMILIANO MACÍAS


ANUNCIO de 1 de marzo de 2018 por el que se hacen públicos los plazos y otros aspectos del procedimiento de admisión del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil en Centros de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación y Empleo para el curso 2018/2019. (2018080483)

En virtud de lo establecido en el artículo 5.1 del Decreto 39/2012, de 16 de marzo (DOE n.º 57, de 22 de marzo) por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil en Centros de Educación Infantil dependientes de la Conse- jería de Educación y Cultura, se procede a hacer público el plazo de presentación de solicitu- des en dichos centros así como los plazos de las sucesivas fases del proceso de admisión de dicho alumnado, que se incorpora como anexo I del presente anuncio.

Pueden solicitar plaza en los Centros de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación y Empleo los progenitores o tutores legales, o en su caso el representante legal del organismo público o privado que por atribución legal o judicial tenga conferido título jurídico suficiente para ello, de los niños y niñas que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta 3 años de edad, siempre que no cumplan dicha edad durante el año en el que se cursa la solicitud.

También se podrá solicitar plaza para los niños y niñas cuyo nacimiento se prevea hasta el 31 de diciembre del año en el que se cursa la solicitud. Una vez comunicado el mismo a la Delegación Provincial de Educación correspondiente de la Consejería de Educación y Empleo, su solicitud se incluirá en la lista que corresponda según baremo dependiendo de la fase en que se encuentre el proceso de selección. Si dicho proceso ha concluido, o no se alcanza la puntuación necesaria para ocupar una plaza vacante, el recién nacido quedará en lista de espera.

La persona solicitante de nuevo ingreso que vaya a participar en el proceso de admisión del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil, deberá presentar solicitud por duplicado, según el modelo oficial que figura en el anexo II, en cualquiera de los centros de Educación Infantil de primer ciclo dependientes de la Consejería de Educación y Empleo o en las Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de poder presentarla a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 16 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud deberá adjuntarse, en su caso, la documentación que sea necesaria para proceder a la valoración de la misma según el artículo 7 del Decreto 39/2012, de 16 de marzo. Dicha documentación deberá responder a las circunstancias reales de la persona solicitante y mantener su validez y eficacia en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deben ser suscritas por los progenitores o representantes legales del niño o niña o, en su caso, por el representante legal del organismo público o privado que por atribución legal o judicial tenga conferido título jurídico suficiente para ello.

A efectos de valoración de la proximidad del domicilio familiar, con carácter general, estos datos se obtendrán de oficio por la Consejería de Educación y Empleo. En el caso de que la persona interesada no otorgara su consentimiento para la consulta de este dato, deberá aportar original del certificado de empadronamiento familiar expedido por el Ayuntamiento correspondiente o bien certificado de residencia en el que figure el domicilio familiar.

Con carácter general, la Consejería de Educación y Empleo recabará de oficio los datos del IRPF del ejercicio 2016 de la unidad familiar.

En el caso de que no se otorgara el consentimiento para la consulta de estos datos, se han de presentar copias compulsadas de las declaraciones de la renta de todos los miembros de la unidad familiar.

Si no se ha presentado declaración del IRPF o si la Agencia Estatal de Administración Tributa- ria no dispone de la información de carácter tributario necesaria, se deberá aportar, certificación de haberes, declaración jurada o documento que justifique la renta de la unidad familiar correspondiente a 2016.

Para proceder a la valoración de la renta per capita de la unidad familiar, además de presentar cuando fueran necesarios los documentos señalados anteriormente, será obligatorio, en todos los casos, la presentación del anexo III.

La dirección de los centros educativos gestionarán el proceso de admisión a través de la plataforma educativa RAYUELA, garantizando el cumplimiento de las normas para resolver la convocatoria según lo establecido en el artículo 12 del Decreto 39/2012, de 16 de marzo (DOE n.º 57, de 22 de marzo) por el que se regula el procedimiento de admisión del alumna- do de primer ciclo de Educación Infantil en Centros de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación y Cultura.

La información relativa a este proceso puede consultarse en el citado decreto; en las Delegaciones Provinciales de Educación de Cáceres y Badajoz; en los Centros de Educación Infantil y en el Portal de Escolarización de la Consejería de Educación y Empleo:

http://escolarizacion.educarex.es/.

Mérida, 1 de marzo de 2018. El Secretario General de Educación, RAFAEL RODRÍGUEZ DE LA CRUZ.

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