El Decreto-Ley 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19 tiene como objetivo promover la agilidad administrativa para responder de forma efectiva a las necesidades de los ciudadanos.


Así lo ha expuesto la vicepresidenta primera y consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales, durante su comparecencia ante la Diputación Permanente de la Asamblea de Extremadura, convocada para la convalidación del citado Decreto-Ley.

Esta normativa, según ha explicado la titular de Administración Pública, sienta las bases para incrementar la rapidez y la agilidad de todas las decisiones que adopte la Junta de Extremadura en el contexto de esta crisis.

Blanco-Morales ha mantenido que el objetivo es establecer un equilibrio entre el respeto a la legalidad y la eficacia en la gestión que requieren unas circunstancias extraordinarias, y ha matizado que ningún trámite que no sea absolutamente imprescindible debe poner trabas a una decisión que pueda salvar vidas.

En este sentido, ha especificado que los dos primeros capítulos establecen medidas de gestión económico-financiera, y de agilización administrativa y de gestión de pagos, mientras que los dos últimos contemplan medidas sectoriales, dedicadas al transporte escolar y a la vivienda.

SALVAGUARDA DE RECURSOS Y PROTECCIÓN DE COLECTIVOS VULNERABLES

La vicepresidenta primera ha destacado que el Ejecutivo regional ha optimizado la gestión de los recursos ya contratados y, para ello, ha ampliado las prestaciones del contrato del transporte escolar y ha puesto a disposición de las autoridades sanitarias y de movilidad sus servicios.

Asimismo, y con la prioridad de proteger a los sectores más vulnerables de esta crisis, la Junta de Extremadura ha eximido del pago de la renta a los adjudicatarios de viviendas protegidas entre el 1 de marzo y la finalización del Estado de Alarma.

GESTIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA

En materia económica-financiera, el Decreto-ley incluye la eliminación de que el Consejo de Gobierno autorice cualquier gasto derivado de la situación de emergencia sanitaria, para así garantizar la disponibilidad de créditos, que se declaran ampliables si se consideran necesarios; y se habilita a la Intervención para establecer el control financiero permanente en los supuestos que sean imprescindibles y de forma temporal.

Blanco-Morales ha especificado que, desde en el primer trimestre, la Junta de Extremadura ha ordenado pagos por valor de 2.178 millones de euros, destinados a transferencias, subvenciones y pago de facturas.

En materia de subvenciones, se faculta a los distintos departamentos para efectuar las modificaciones precisas en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y condiciones previstos, incluida la suspensión o prórroga de plazos si no pueden ejecutarse por la crisis sanitaria.
También se permite la concesión directa de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para financiar actuaciones de emergencia sanitaria y se posibilita que la efectividad de estas medidas en materia de subvenciones se retrotraiga a la fecha de la declaración del Estado de Alarma.

El Decreto-Ley también agiliza la tramitación de los convenios, a través de la sustitución del informe de la Abogacía General por el del servicio jurídico de la consejería interesada y no se precisa de la memoria justificativa ni de la autorización del Consejo de Gobierno.

Y, por último, prevé que los contratos de todo tipo de bienes y servicios que se precisen para la lucha contra el COVID-19, tengan la consideración de contratos de emergencia y se realicen conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

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