Marta Gervasia Garrido Moreno

Concejal del Grupo Municipal VOX en el Ayto de Mérida


El último Presupuesto que se aprobó en el Excmo. Ayuntamiento de Mérida fue el del ejercicio 2021, a finales de julio de ese mismo año, más de ocho meses más tarde de lo que vienen obligados los consistorios a hacerlo, y en contra de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que marca expresamente que la aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la Corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al de ejercicio en que deba aplicarse. El del ejercicio 2020, se aprobó más de seis meses después de la fecha legal, con lo cual, el Gobierno mejoraba año a año en su absoluta falta de respecto a la norma
Ya se denunció esta barrabasada en su día, ¿Tomó nota el equipo de Gobierno socialista? Por supuesto que no; es más Mérida no tiene presupuesto aprobado legalmente ni del ejercicio 2022 ni del ejercicio 2023.

El Presupuesto, tanto a nivel estatal, como regional o municipal es considerado como la norma más importante que un gobierno promulga en un año y determina su política en la mayor parte de todos los ámbitos, además de ser la base sobre la que se moverá la economía del Estado en ese año.

Con la ausencia del trámite de aprobación presupuestaria, el Gobierno municipal liderado por Rodríguez Osuna hurta a los emeritenses y a sus representantes su derecho a debatir en qué, cómo y el porqué se han de invertir y gastar los dineros que ponen de sus bolsillos todos los ciudadanos, y de dónde van a salir los recursos. Significa simplemente que nadie puede opinar ni proponer sobre los ingresos y sus fuentes ni sobre los gastos.

También significa que dado que no existe un Presupuesto aprobado, la oposición no puede ejercer ningún tipo de control sobre su cumplimiento; evitando así el Gobierno mayoritario que nadie pueda discrepar sobre su santa voluntad, ya que la voluntad que debería estar escrita antes de cada final de año, simplemente no existe.

Así se ha manejado el Gobierno Municipal Socialista en la última legislatura.

Acompañado de su habitual Fanfarria, hace pocos días el Sr. Alcalde se erigía como el nuevo Adam Smith, John Keynes o Milton Friedman, hacedor de mayor milagro histórico económico que han presenciado los ojos de la Humanidad desde el Plan Marshall, y todo ello ha tenido lugar en Mérida, ante la burda ignorancia de nosotros, sus vasallos.

Olvidó decir el Sr. Alcalde en su apoteósica intervención (según algunos rumores, ha sido obra suya la operación de compra rescate de UBS sobre Credit Suisse y la Presidenta del Banco Central Europeo, Christine Lagarde, le tiene bombardeado a whatsapps solicitándole consejos), varios detalles.

La Unión de Consumidores de Extremadura ha realizado un estudio bajo el nombre “Dime dónde vives y te diré cuánto pagas”, en el que se realiza un informe detallado de los impuestos que se pagan en las grandes ciudades de la Comunidad Autónoma, detallando la cantidad que cada municipio cobra y en qué tipo de impuesto. La Unión de Consumidores ha centrado su estudio en el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, lo que conocemos como plusvalía, el impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (rodaje) y la tasa de basura.

Este informe se ha realizado sobre las 8 mayores ciudades de Extremadura, y ¿Adivina el Sr. Lector qué ciudad ha salido la campeona en presión fiscal a sus ciudadanos? Exacto, la Bimilenaria Mérida.

Mérida es la ciudad en donde los súbditos pagamos los más altos impuestos anualmente (631 € de media), seguida de cerca de Cáceres, y muy por delante de Don Benito, Villanueva de la Serena, Plasencia, Badajoz, Navalmoral de la Mata y en último lugar Almendralejo (506,24 €).
Caso sangrante es el del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en el que el Ayuntamiento de Mérida se ha beneficiado de la actualización de la ponencia catastral, obrada en el año 2015 (único entre las grandes ciudades en hacerlo en la última década), incrementando el valor de los inmuebles de la ciudad, con un único fin de ansia recaudatoria. Coincidencia o no, el año 2015 fue en el que nuestro prócer económico se hizo con el bastón de mando de la Alcaldía. De los más de 53 millones de euros de ingresos no financieros, más de un cuarto procede de este impuesto.

Otro detalle que se le pasó por alto comentar al Sr. Alcalde Milagrero es que la ciudad de Mérida tiene el segundo término municipal de más extensión de la provincia de Badajoz, y unas infraestructuras eléctricas de evacuación envidiables lo que ha significado unos ingresos extraordinarios de 13 millones de euros tan sólo en licencias de construcción de plantas fotovoltaicas. Esta lotería pasará y no se puede atribuir a la gestión del Ayuntamiento una decisión estratégica de una empresa privada (¿o quiere que hablemos de la Azucarera?

Por último, el alcalde se vanagloria de su gestión presupuestaria como si de un éxito personal tratara, olvidando que la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en adelante LOEPSF, estableció una serie de reglas para las todas las haciendas municipales de España que limitaba los gastos y los equilibraba, respecto a los ingresos reales de los que se disponían, para hacer sostenible la capacidad financiera de los municipios.
Esta Ley Orgánica instauró la denominada “Regla de Gasto” que es un instrumento de disciplina presupuestaria que trata de garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicas de manera que, en un horizonte de medio plazo, el crecimiento del gasto de la Administración local venga limitado por la capacidad de financiarlo con ingresos estables y sostenidos en el tiempo. De acuerdo con esta filosofía, la aplicación de esta Regla, impide que el gasto público crezca anualmente por encima de la tasa de referencia de crecimiento del PIB a medio plazo de la economía española (Tasa de Variación de Referencia de la Economía Española), siendo posible superarla, únicamente, en el supuesto de que ese exceso se compense con aumentos de ingresos de carácter permanente.

La aplicación efectiva de la Regla de Gasto, ha permitido la existencia de crecientes saldos no financieros positivos, resultando una herramienta de innegable valor en términos de disciplina fiscal, ya que esta ha contribuido y contribuye, al saneamiento financiero de las Entidades Locales, lo cual se pone de manifiesto en su efecto positivo sobre las magnitudes financieras básicas: ahorro bruto y neto, remanente de tesorería y capacidad de financiación.
Ha sido en cumplimiento de la obligatoriedad de lo dispuesto en la LOEPSF (Vigilado estrechamente por la Tesorería e Intervención Municipal, compuesta por funcionarios y no por políticos) y no por la Genialidad del Sr. Alcalde de donde proceden los superávits económicos del Ayuntamiento de Mérida.

Ya hablábamos en artículos anteriores de la afición del Sr. Alcalde de colgarse medallas que no le son propias, pero el hacerlo en la ciudad con los mayores impuestos de la Comunidad Extremeña, que sufren los bolsillos de la ciudadanía de la ciudad, y con una política de gastos despilfarradora y errática (por ejemplo, los bonitos grafitis de la Barriada de la Antigua tan sólo se licitaron por 430.954,20 €), y por cumplir la Institución que dirige una Ley impuesta a todos los Ayuntamientos de España, clama al cielo.

Así, pues, lamentamos comunicar al lector más religioso que el Ilustre Sr. Alcalde no ha sido el artífice de un nuevo milagro de la multiplicación de los panes y los peces en nuestra ciudad. Su omnímodo poder aún no ha llegado a traspasar las fronteras de la espiritualidad.

 

 

 

 

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