El uso de las instalaciones deportivas municipales debe avalarse por un protocolo aprobado por Salud Pública


La apertura de las instalaciones deportivas municipales de la ciudad para la práctica de deportes federados está pendiente aún de la resolución y protocolo que aprueben y acuerden las diferentes federaciones deportivas de la región con la Dirección General de Deportes y Salud Pública.

“Un informe fundamental e imprescindible para la apertura de los espacios deportivos públicos y que sin él no podríamos garantizar el cumplimiento de las normas higiénico sanitarias obligatorias”, expone el delegado de Deportes, Felipe González, que recuerda, dependen del ayuntamiento, “pero exigen primero la aprobación del protocolo que acuerde la administración regional”.

Con este anuncio el ayuntamiento quiere aclarar a las familias de los menores emeritenses y clubes deportivos de la ciudad, que esperan el inicio de sus respectivas temporadas, que la puesta en marcha de los entrenamientos en instalaciones municipales sólo se podrá permitir con un informe favorable de las administraciones regionales implicadas y las diferentes federaciones deportivas.

El delegado de Deportes ha enviado a las diferentes entidades deportivas de la ciudad un escrito en el que les aclara esta cuestión “obligatoria” para el desarrollo de su actividad. Según la RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 19 de junio de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la superación de la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el punto Vigesimocuarto se establece:

«Vigesimocuarto. Medidas preventivas adicionales en materia de actividad deportiva.

Instalaciones deportivas al aire libre, instalaciones deportivas cubiertas y centros deportivos.

— En las instalaciones deportivas al aire libre, instalaciones deportivas cubiertas y centros deportivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se permite la práctica ordinaria de la actividad deportiva conforme al uso ordinario de la instalación o centro deportivo, manteniéndose las debidas medidas de seguridad y protección y respetándose el límite del setenta por ciento de la capacidad del aforo de la zonas de uso deportivo, hasta un máximo de mil personas, incluyendo deportistas, organizadores y profesionales deportivos, y de un cincuenta por ciento de la capacidad del aforo máximo de espectadores.

— Se podrán utilizar los vestuarios y las zonas de duchas, respetando lo dispuesto al efecto en las medidas generales de prevención e higiene frente a la COVID-19 previstas en este acuerdo o las que fueren establecidas por las autoridades sanitarias.

— En todo caso, el titular de la instalación adoptará las medidas de higiene adecuadas indicadas por las autoridades sanitarias para prevenir los riesgos del contagio y deberá asegurar que se evitan las aglomeraciones de personas y que se adoptan las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de un metro y medio. Cuando la naturaleza de la actividad deportiva no permita mantener dicha distancia de seguridad, será obligatorio el uso de la mascarilla, salvo que, por la propia naturaleza de la actividad deportiva, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.»

“En base a las recomendaciones establecidas mediante las Resoluciones de la Junta de Extremadura, ante la capacidad municipal de establecer las normas de uso de las instalaciones municipales, este Ayuntamiento reconoce la obligación que tiene en la prevención de la extensión de la Pandemia de Covid-19, acordando que para aquellos deportes, que por su naturaleza no se pueda adoptar y garantizar la distancia mínima de seguridad y que además por la naturaleza de la actividad, el uso de la mascarilla resulte incompatible, se limite el uso de la instalación para el desarrollo de los deportes mencionados”, así se lo expone el concejal a los diferentes clubes, destacando que a la espera del informe de Salud Pública que detalle las necesidades, en el caso que no puedan mantenerse las medidas exigidas no se permitirá el uso de instalaciones públicas para la práctica del deporte.

Por otro lado, en dicha misiva se aclara que el ayuntamiento mantiene “continuos contactos con las administraciones y entidades para intentar dar una solución a los diferentes deportes en los que no se puedan asegurar las medias sanitarias de prevención”, para lo cual el CSD trabaja con un Marco Legal genérico, que se deberá aprobar y ampliar por las diferentes administraciones autonómicas. Una vez diseñados los reglamentos autonómicos, serán las distintas federaciones deportivas afectadas, las que tendrán remitir los protocolos que se consideren necesarios a la Dirección General de Salud Pública para su aprobación.

Una vez aprobado el protocolo, se remitirá al Ayuntamiento de Mérida, el cual se aprobará por esta administración, informando sobre las normas municipales de uso de la instalación para la prevención de la COVID-19. “Por ello remarcamos que estamos a la espera de los informes favorables y protocolos de la administración regional, sin ellos, por seguridad y responsabilidad pública no podemos abrir las instalaciones municipales”, remarca González.

El escrito concluye afirmando que “somos conscientes de la importancia de la práctica deportiva para el desarrollo personal de nuestra ciudadanía y los beneficios que conlleva la misma, por ello desde el ayuntamiento trabajamos para dar una pronta solución a esta situación y trabajaremos conjuntamente con ustedes y con las autoridades y federaciones pertinentes para cuanto antes podamos normalizar y retomar, dentro de las condiciones marcadas por las autoridades sanitarias, la realización de partidos y entrenamientos”.

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