El BOP de la Diputación de Badajoz publica hoy el decreto que estará vigente del 7 de junio al 30 de septiembre en el centro histórico de la ciudad.
Representantes del sector hostelero solicitaron al Ayuntamiento la ampliación de los horarios de las terrazas durante los meses estivales, cuyo cierre está fijado a nivel municipal antes de los establecimientos principales a los que pertenecen
Con la ampliación del horario se adoptarán también las medidas necesarias a fin de que la estancia en las terrazas no ocasione molestias a los vecinos, en particular, en lo que se refiere a los límites máximos de niveles de ruidos
El BOP de la Diputación de Badajoz publica hoy el decreto de ampliación de horarios de cierre en la actividad de los establecimientos de hostelería y sus terrazas de veladores.
En virtud del mismo, el Ayuntamiento amplía, con carácter temporal y revocable, el horario de cierre de las terrazas y veladores, del 7 de junio al 30 de septiembre, de la siguiente manera:
– Café conciertos, hasta las 3:00 horas.
– Bares especiales, hasta las 3:00 horas.
-Resto de bares, cafeterías y restaurantes, hasta que sea su hora de cierre contemplada en su licencia.
Como señala del delgado de Policía Local, Felipe González, “los meses de verano son una buena ocasión para que los establecimientos hosteleros sean más demandados, como lugar de esparcimiento en las horas de menos calor, principalmente los fines de semana”.
Una demanda “que se multiplica por la mayor afluencia turística derivada de la celebración del Festival de Teatro Clásico, otros festivales de música y aumento de visitas a las zonas monumentales”.
Estos factores, añade Felipe González, “propician que representantes del sector hostelero hayan solicitado del Ayuntamiento la ampliación de los horarios de las terrazas durante los meses estivales, cuyo cierre está fijado a nivel municipal antes de los establecimientos principales a los que pertenecen”. Una petición “que se sustenta en la Ordenanza reguladora de los usos, instalaciones y ocupaciones en la vía pública de la Ciudad de Mérida”.
Todo ello, teniendo en cuenta que el régimen general de horarios de establecimientos públicos corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura y que la propuesta de este Ayuntamiento se encuentra en los límites fijados, que permite en los meses de verán (junio a septiembre) una prolongación de media hora.
Con la ampliación del horario “se tendrá que tener en consideración lo previsto en la Ordenanza Municipal donde se especifica que se adoptarán las previsiones necesarias a fin de que la estancia en las terrazas no ocasione molestias a los vecinos, en particular, en lo que se refiere a los límites máximos de niveles de ruidos recogidos en la ordenanza municipal sobre contaminación acústica vigente o, en su caso, en la normativa estatal o autonómica de aplicación”.
Asimismo, el delegado de Policía Local añade que “la presente ampliación de horarios serárevisable total o parcialmente, si se produjeran niveles sonoros por encima de los permitidos legalmente, en aras a garantizar los derechos a la intimidad y la salud de los vecinos próximos a las instalaciones hosteleras”.
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