En el Acto de Mediación celebrado ayer, al que no asistieron el resto de sindicatos con representación en esta Administración, los representantes de Función Pública argumentaron que no es momento ni hay motivos para la convocatoria de esta


 El Sindicato USO ha convocado huelga para las empleadas y empleados públicos de la Administración General de la Junta de Extremadura debido al más que probable despido de miles de estos trabajadores temporales por las negociaciones que se están llevando a cabo entre Función Pública y sus sindicatos en la Mesa de Negociación. Esta convocatoria de huelga afectaría a un número cercano a los 18.000 empleados.

El 29 de diciembre del año pasado, se publicó la Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad que permitía a las Administraciones Públicas convocar procesos selectivos consistentes en concursos de méritos para facilitar la estabilización de las plazas en abuso de la temporalidad. Estos procesos selectivos serán abiertos a todas las personas que quieran participar en ellos y que cumplan los requisitos para desempeñar estos puestos.

Esta Ley surge como requisito exigido por Europa al Gobierno de España para adaptar nuestra normativa interna a la Directiva 1999/70 CE de limitación de la contratación temporal, ya que en España, la contratación temporal en las Administraciones Públicas supera el 30% y desde Europa establecen que debe limitarse al 8%. Debido a esta circunstancia y para poder disponer de los Fondos Next Generation de Europa, el Gobierno se ha visto obligado a aprobar la citada Ley que es de obligado cumplimiento para todas las Administraciones Públicas.

Hace unos días, se convocó la Mesa de Negociación de la Administración General de la Junta, donde Función Pública aportó un borrador de propuesta de aplicación de la Ley 20/2021 donde se retorcía y bordeaban los límites de la misma y así poder proseguir con su cruzada contra el personal temporal en esta Administración. Incluso los propios sindicatos de la Mesa rechazaron este primer borrador, por lo que tienen ahora una gran oportunidad de pedir que se apliquen lo han reclamado en otras muchas Administraciones, como en el Ayto. de Badajoz.

En el citado borrador no se contempla la valoración de méritos como la formación continua recibida durante años que está relacionada con las funciones a desempeñar en esos puestos de trabajo y la valoración de la experiencia en el puesto de trabajo se limita al 40% de la puntuación total del proceso, cuando en otras Administraciones, como el Ayuntamiento de Badajoz, esta puntuación es del 90%.

Este tipo de bases de convocatorias supondrá el cese de miles de empleadas y empleados públicos en abuso de la temporalidad que llevan desempeñando durante décadas su trabajo de la mejor manera posible teniendo en cuenta la mediocridad de la clase política que nos gobierna.

Esta situación supondrá un nuevo gasto público innecesario en indemnizaciones por estos futuros ceses que puede ser superior incluso al gasto que generará el cumplimiento de la Sentencia para demoler Valdecañas, pero esa situación no genera ningún problema para nuestros gobernantes porque se pagará con dinero público.

Ante esta situación y tras las peticiones del personal afectado por esta Ley, desde USO nos hemos visto obligados a convocar huelga en esta Administración, donde se pide al Gobierno Autonómico lo siguiente:

  1. Exigir la adopción de forma inmediata de medidas contundentes que resuelvan la problemática que afecta a las trabajadoras y trabajadores temporales de la Administración General de la Junta de Extremadura.
  2. La aprobación de unas bases de convocatorias de procesos selectivos de estabilización que realmente primen la experiencia acumulada durante la relación laboral o funcionarial de las y los empleados públicos temporales en la Administración General de la Junta de Extremadura y favorezcan la estabilidad laboral de los mismos, siempre preservando el estricto cumplimiento de la Legislación vigente y el respeto a la misma.
  3. Elaboración de un censo donde se relacionen la totalidad de las plazas que están ocupadas de manera temporal y que están dentro del ámbito de aplicación de la Ley 20/2021, procediendo a publicar todas y cada una de ellas en las correspondientes ofertas de empleo público antes del día 1 de junio de 2022, según lo establecido en la citada
  4. Suspensión de todas las convocatorias en las que no se haya publicado hasta la fecha la lista provisional de admitidos y excluidos, para proceder a la nueva convocatoria de las mismas según el ámbito de aplicación en el que se encuentren de la Ley 20/2021, en cumplimiento de lo dictado por el Tribunal Supremo en Sentencias como la de 16 Julio de 1982, ratificada por otras muchas posteriores (STSJ de Madrid n° 830/2000, de 12/05/2000; STSJ de Castilla y León, Valladolid, de 21/05/2004…)
  5. Modificación de las bases de las convocatorias en las que se hayan publicado las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos adaptando los tipos de procesos selectivos establecidos en las mismas a lo recogido en la Ley 20/2021, es decir, procesos selectivos de concurso oposición con exámenes no eliminatorios.

Desde USO también pedimos que no se utilicen situaciones de debilidad, como la que sufren este colectivo de trabajadores, para potenciar el enfrentamiento con otros colectivos o con aspirantes a un puesto de trabajo en la Administración Pública, sino que se promuevan soluciones satisfactorias para todos y cada uno de ellos y no la crispación y el enfrentamiento. De la misma manera que los opositores tienen derecho a un puesto de trabajo en la Administración y el personal fijo a que se respeten sus derechos y acuerdos alcanzados en Mesa de negociación, como el abono de la subida del 2% y el segundo nivel de la carrera profesional, el personal temporal también tiene derecho a que se cumpla la Ley y se facilite su estabilización en la Administración.

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