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Y se amplía el plazo de solicitud hasta el 31 de agosto de 2023


El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este jueves la modificación de la convocatoria de tres programas de subvenciones en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; concretamente en el programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales.


La convocatoria, que se publicó el 10 de enero de 2022 por un importe de 11.180.551 euros, se modifica con dos principales aspectos como la ampliación del plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de agosto de 2023 y la concesión de una ayuda adicional de hasta el 100% del coste de la actuación cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguna de las personas propietarias o usufructuarias de las viviendas incluidas en el edificio objeto de la rehabilitación. La cuantía máxima de subvención en estas situaciones de vulnerabilidad económica puede llegar hasta 26.750 euros si se trata de una actuación en una vivienda unifamiliar o hasta 23.500 euros si la actuación se realiza en un edificio colectivo.

El objetivo de estas ayudas, financiadas con los fondos Next Generation de la Unión Europea, es contribuir a alcanzar los fines medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la UE, mediante la realización de actuaciones de rehabilitación de viviendas existentes que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, a través del ahorro energético, el aumento de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.

Se persigue, por tanto, mejorar el confort de las personas residentes, incrementar el rendimiento energético del parque inmobiliario, combatir la contaminación ambiental, luchar contra la pobreza energética y apostar por un consumo más eficiente de energía para lograr la meta de descarbonizar el parque edificado antes de 2050.  Además, se fomenta y dinamiza el sector de la construcción y la rehabilitación energética.

La resolución establece la convocatoria del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, el Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas y el Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. Podrán optar a las subvenciones las actuaciones que hayan comenzado después del 1 de febrero de 2020.

El procedimiento será de concesión directa mediante convocatoria abierta y las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación. Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas públicas destinadas al mismo objeto siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y siempre que la regulación de las otras ayudas ya sean de ámbito nacional o europeo lo admitan.

 REHABILITACIÓN A NIVEL DE EDIFICIO

 El Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio cuenta con un presupuesto de 6.258.330 euros y está destinado a personas propietarias o arrendatarias de bloques de pisos y viviendas unifamiliares. Se subvencionarán actuaciones de mejora o rehabilitación integral de edificios de uso residencial vivienda siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable.

Además, se deberá de conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y de refrigeración de un 25% en zona C y de un 35% en zona D, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación.

La cuantía de las ayudas será del 40, 65 y 80 por ciento % del coste de la actuación, según el ahorro energético que se consiga, y podrá llegar hasta 18.800 por vivienda. Cuando exista amianto para retirar, se podrá incrementar la ayuda hasta 1.000 euros por vivienda con un máximo de 12.000 euros por edificio.

Se introduce la posibilidad de solicitar el pago anticipado del 50% de la ayuda finalmente concedida y la declaración responsable como elemento diferenciador que agilice la presentación de ayudas. No será precisa la visita física al inmueble para iniciar las obras que no podrán exceder de 26 meses de plazo de ejecución, aunque en edificios de 40 o más viviendas ese plazo se podrá ampliar hasta los 28 meses.

EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS

El Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas dispone de 4.172.221 euros y está destinado a personas propietarias o arrendatarias de viviendas unifamiliares y pisos en edificios plurifamiliares que constituyan domicilio habitual y permanente.

Subvencionará actuaciones que consigan una reducción de demanda energética anual global de al menos un 7 por ciento; o que supongan una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30% que modifiquen o sustituyan elementos constructivos de la envolvente térmica (cubierta, fachada, ventanas, soleras) adecuando sus valores a los recogidos en el Código Técnico de la Edificación.

El importe de la subvención será de un 40% con un límite de 3.000 euros y el coste mínimo de la actuación ha de ser 1.000 euros. Igualmente se incorpora la posibilidad de solicitar anticipos del 50% del importe finalmente concedido.

LIBRO DEL EDIFICIO PARA LA REHABILITACIÓN

El Programa de ayuda a la elaboración del Libro del Edificio para la rehabilitación y redacción de proyectos cuenta con 750.000 euros de presupuesto y está orientado a impulsar la implantación y generalización del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, que permita cumplir con los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo.

Se podrán acoger las personas propietarias o arrendatarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva siempre que los edificios estuvieran finalizados antes del 2000 y que el 50 por ciento de la superficie sobre rasante sea de uso residencial.

La cuantía máxima de la subvención para el Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación oscilará desde los 700 a los 3.500 euros y se podrá incrementar hasta en un 50 por ciento si no se dispone de la Inspección Técnica del Edificio, del Informe de Evaluación del Edificio o documento análogo.

En el caso de los proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios la cuantía tendrá una horquilla de entre 4.000 y 30.000 euros.

Además, en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Real Decreto-ley de 5 de octubre contempla deducciones fiscales en el IRPF del 20 al 60 por ciento por rehabilitación energética en vivienda habitual o en régimen de arrendamiento.

Consulta toda la información sobre las ayudas en este enlace: https://ayudasviviendaextremadura.es/

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