El delegado de recursos humanos aclara que no existe proceso de funcionarización como afirma el PP y que la regularización de los trabajadores se hace según marca la ley y en una Oferta de Empleo Extraordinaria aprobada por unanimidad con los sindicatos


Julio César Fuster denuncia que el Grupo Popular desconoce el régimen jurídico del plan de estabilización del empleo y pretende confundir a los ciudadanos

Recuerda que la situación de la mayoría de trabajadores a los que alude el PP en sus declaraciones es consecuencia de la gestión de equipos de gobierno de ese partido desde al año 2000


El delegado de recursos humanos, Julio César Fuster, explica en respuesta al Grupo Municipal Popular que “establecer criterios de prelación en Plan de Empleo de Mujeres, que no requisitos de entrada de experiencia, no vulnera en absoluto los principios de igualdad, mérito y capacidad” en el acceso al empleo público”.

“Además no es algo restrictivo puesto que si en alguna categoría no hubiese demandantes de empleo con experiencia, serían seleccionados los que no la tuvieran”. Es importante recalcar que “al ser contratos temporales de seis meses, tener experiencia en el puesto al que se selecciona permite que la persona seleccionada comience a trabajar el primer día sin necesidad de formación que puede dilatarse en el tiempo”.

Julio César Fuster añade que “como establece la convocatoria, los requisitos de acceso están perfectamente definidos y son el estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo a fecha de realización del sondeo en los centros de empleo del SEXPE y estar en posesión de la titulación exigida para cada categoría”.

Sobre el proceso de estabilización de plazas al que ha aludido el Grupo Municipal del PP “no es de funcionarización sino de consolidación de empleo temporal adicional a los contemplados en las leyes de presupuestos de 2017 y 2018. En este sentido el PP confunde el régimen jurídico y la naturaleza del proceso”.

“Dicen además que el equipo de gobierno no cumple con todos los principios para crear estas plazas cuando, en primer lugar, se ha seguido escrupulosamente lo establecido en la ley 20/2021, de tal manera que tanto la disposición adicional sexta como la Octava facultan el proceso que se ha seguido para su aprobación. Las plazas objeto de aprobación, que ha sido aprobada por unanimidad de las centrales sindicales en este Ayuntamiento, de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria vienen siendo ocupadas por personas que fueron declarados laborales indefinidos por sentencia judicial en diferentes períodos como pueden ser el año 2012”.

“Esta situación no se genera por este Equipo de Gobierno, sino que es consecuencia de una forma de gestionar los recursos humanos de este Ayuntamiento a lo largo de muchos años, ya que muchos de estos contratos (que son un total de 68) venían de inicios contractuales incluso del año 2000, 2005, 2007, etc”.

El delegado de recursos humanos indica que “respecto a que los tribunales de Policía Local no están nombrados correctamente, hay que señalar que se han realizado conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”.

En cualquier caso, “vamos  a convocar la correspondiente Comisión informativa para dar cuenta de nuestra gestión en los RRHH de este Ayuntamiento, y a la que invitaremos a las Centrales Sindicales, para mostrar la transparencia y el procedimiento riguroso y legal en el proceso de estabilización” concluye Julio César Fuster.

 

 

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